Proponen eliminar requisito que revictimiza a mujeres que denuncian hostigamiento sexual
• Fortalecen legislación “No es No”, aprueban 3 artículos transitorios al Código Penal
Comunicado de Prensa

Oaxaca, 13 de agosto de 2026— Eliminar como elemento constitutivo del delito la obligación de acreditar que el hostigamiento provocó daño o sufrimiento psicoemocional que lesionó la dignidad de la víctima, propuso el diputado César Mateos Benítez.
La iniciativa presentada en el Congreso de Oaxaca busca modificar la forma en que se configura el delito de hostigamiento sexual, al considerar que la legislación vigente impone a las víctimas una carga probatoria que puede traducirse en revictimización y convertirse en un obstáculo para acceder a la justicia.
Por ahora, no basta con demostrar que existieron conductas de naturaleza sexual dentro de una relación de subordinación. Se debe acreditar el impacto que esas conductas tuvieron en la víctima, lo que puede requerir peritajes psicológicos y colocar bajo escrutinio a quien denuncia, en lugar de concentrar la investigación en la actuación de quien ejerció el poder.
Esta exigencia resulta especialmente problemática desde una perspectiva de género: las mujeres no reaccionan de una misma manera frente a la violencia y la ausencia de una afectación psicológica demostrable no vuelve menos grave una conducta de hostigamiento sexual.
“Una mujer que sufrió hostigamiento no debería tener que demostrar cuánto daño le causó para que la justicia reconozca el delito”, sostuvo el legislador de Morena, Mateos Benítez al presentar la iniciativa.
La propuesta pone el foco en las relaciones desiguales de poder. Una trabajadora frente a un superior que condiciona su permanencia laboral o una estudiante ante un profesor que utiliza su posición académica para realizar exigencias sexuales enfrentan contextos en los que su libertad para decidir se encuentra limitada por la subordinación.
Por ello, el legislador sostiene que “lo punible tiene que ser la conducta misma, no el efecto de la conducta”.
La iniciativa retoma también criterios desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de violencia sexual, particularmente a partir del caso de las mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco, para sostener que este tipo de conductas implican por sí mismas una afectación a derechos fundamentales.
De aprobarse, la reforma representaría un avance para colocar la responsabilidad donde corresponde: en quien ejerce una posición de poder para realizar conductas sexuales contra otra persona y no en las víctimas, obligándolas a probar cuánto sufrieron.
Modificar estas disposiciones también abre una discusión necesaria sobre la forma en que las leyes y las instituciones de justicia reproducen estereotipos acerca de cómo debe reaccionar una mujer después de enfrentar violencia sexual.
El acceso a la justicia no puede depender de demostrar dolor. La obligación del Estado debe ser investigar las conductas, proteger a las víctimas y garantizar procesos libres de estereotipos, discriminación y revictimización.
La iniciativa plantea reformar el Código Penal del Estado de Oaxaca y fue remitida a comisiones para su estudio y análisis.
Fortalecen legislación “No es No”, aprueban 3 artículos transitorios
Por otra parte, el legislativo de Oaxaca aprobó una nueva propuesta de la diputada Elisa Zepeda Lagunes que incorpora tres artículos transitorios a la reforma al Código Penal en el que se establece que la falta de consentimiento sexual es suficiente para configurar el delito de violación sexual, aprobada hace un año.
La reforma aprobada en agosto de 2025 significó un cambio sustancial al colocar el consentimiento en el centro de la legislación sobre violencia sexual. Ahora, con los artículos transitorios se establece acciones de capacitación obligatoria para juezas, jueces, magistradas, magistrados, ministerios públicos, personal pericial y demás servidores públicos que intervienen en estos procedimientos para que actúen con perspectiva de género, derechos humanos y atención especializada, particularmente cuando las víctimas sean niñas, niños y adolescentes.
Con estas disposiciones se establece que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en coordinación con la Fiscalía General del Estado, deberá actualizar los protocolos de actuación policial en casos de violencia sexual para armonizarlos con la reforma.
También se establecen certeza jurídica respecto de los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor del Decreto.
Con lo aprobado, Oaxaca avanza de la reforma legal a su aplicación institucional: del reconocimiento del consentimiento como elemento central para juzgar la violencia sexual, a la capacitación y actualización de protocolos para garantizar investigaciones y procesos judiciales con perspectiva de género y respeto a los derechos de las víctimas.


